COMPROBANTES
RELACIONADOS CON LOS HECHOS ECONÓMICOS
El
proceso contable se inicia con la captación de datos por medio de comprobantes,
cada registración contable (asiento) está respaldada por un comprobante.
Los COMPROBANTES
son la fuente de las registraciones contables.
Por
cada hecho económico o hecho
administrativo que se
realiza en la
empresa, se emite
un comprobante.
Estos
comprobantes pueden tener origen interno
en la empresa (por ejemplo un vale de caja por adelantos de sueldos, una
solicitud de materias primas de un departamento de producción al depósito) o
pueden ser externos: provenir de
fuera de la empresa hacia dentro de ella (ejemplo un recibo por el pago de una
deuda a un proveedor) o viceversa: se originan en la empresa y está dirigida
hacia afuera de ella (ejemplo: una factura que emitimos a un cliente).
Es
decir toda vez que se produce un hecho que modifica cualitativamente o
cuantitativamente el patrimonio de la empresa, se debe confeccionar un
documento que se extiende en forma
escrita, en el que se deja constancia que se ha realizado una determinada
operación comercial.
Requisitos de
los comprobantes: son documentos
formales y en su confección se deben respetar
determinadas normas dispuestas
por la ley
o por las
prácticas comerciales.
Funciones
de los comprobantes: los comprobantes o documentos comerciales
cumplen en la organización de la empresa diversas funciones:
• Función contable: los comprobantes son
un elemento fundamental para contabilizar las operaciones y por ello, son la
fuente de datos para la registración contable.
• Función de control: El comprobante es
un elemento para el control
posterior de las registraciones efectuadas y para la comprobación de los
asientos de contabilidad. Para facilitar
las tareas de control los comprobantes se deben archivar por orden cronológico,
lo más corriente es archivarlos por orden de los asientos.
• Función
jurídica: El Código
de Comercio en
dos de sus
artículos se refiere
a las formalidades que deben
cumplir los libros (punto 3.1.2) para que tengan valor probatorio en juicios.
Las registraciones deben estar respaldadas por comprobantes y éstos, a su vez,
servirán como prueba si cumplen con los requisitos formales
• Función impositiva: Los comprobantes
sirven al comerciante para probar la veracidad de las declaraciones juradas y permiten a los
fiscalizadores controlar la exactitud de los montos imponibles de los
impuestos.
CONSERVACION
Y ARCHIVO
El
Código de Comercio establece que los comerciantes tienen la obligación de conservar los libros de contabilidad
por un lapso de 20 años una vez
finalizada sus actividades.
Esta
obligación alcanza a los sucesores en caso de fallecimiento.
Pero
con respecto a los comprobantes no dice nada.
Ante
este silencio se aplican las disposiciones del Código Tributario, que rige en
materia impositiva.
Las disposiciones dictadas por la
DGI determinan que los comerciantes deben
conservar los comprobantes durante un lapso de cinco a diez años.
Este
plazo está referido al período de tiempo en el cual prescriben los impuestos.
La
prescripción es una figura legal que establece que el Estado pierde los
derechos a cobrar el impuesto sino lo hizo en dicho plazo de cinco a diez años.
Hablamos
de cinco años (a contar de la fecha en que deben pagarse) si el obligado
presentó sus declaraciones juradas, sino lo hizo, el plazo es de diez años.
Los
documentos tienen que ser conservados cronológicamente y guardados en lugares
donde puedan ser consultados en cualquier momento.
En
cuanto a la forma de archivar hay varios métodos:
1. el archivo directo,
2. el scanner a través del computador y
3. la reducción fotográfica
4. la factura electrónica
4. la factura electrónica
REQUISITOS
Existen
una serie de requisitos impuestos por la legislación vigente en cuanto a la
forma e información que deben contener
los diferentes comprobantes que sirven de documentación respaldatoria de
las operaciones comerciales. Algunos son
requisitos generales para toda documentación legal de la empresa, y otros son
específicos según el tipo de documento que se trate. La falta de cumplimiento de las formalidades
priva de eficacia a los comprobantes
El
detalle de las formalidades de los comprobantes fiscales se desarrollará con
mucho más detalle en la materia Bases Documentales.
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